Residencia pasiva en Andorra

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En este blog, te hablamos de temas relacionados con la inversión en Andorra y cómo es vivir en este pequeño país del Pirineo. Aquí encontrarás información sobre los requisitos necesarios…

Este artículo ha sido revisado y puesto al día de acuerdo con las últimas modificaciones de la normativa andorrana.
Actualización agosto 2023.

En Andorra existen dos tipos de permisos de residencia: la residencia activa (vinculada a un permiso de trabajo en el Principado) y la residencia fiscal (también conocida como residencia pasiva).

En la última década, la evolución legislativa de Andorra en materia fiscal ha propiciado un crecimiento del interés por la obtención de la residencia fiscal en el país, especialmente entre empresarios, deportistas de élite o personajes públicos. La obtención de una autorización de residencia es necesaria para todo extranjero que pase más de 90 días al año en Andorra.

Residencia sin actividad lucrativa en Andorra

La residencia sin actividad lucrativa en Andorra es una de las opciones de residencia fiscal (residencia sin permiso de trabajo) que ofrece Andorra. Esta autorización de residencia está pensada para aquellas personas sin residencia andorrana que residen en el país más de 90 días al año sin ejercer ninguna actividad profesional o laboral. Por el contrario, sí que están permitidas las actividades necesarias para la gestión de su propio patrimonio. También aquellas que le correspondan como administrador de las sociedades o fondos propios en las que posea más del 50 % de participación (siempre que no reciba ningún tipo de salario como administrador).

3 requisitos para solicitar una residencia sin actividad lucrativa

El principal requisito, además del compromiso de residir en el país más de 90 días anuales, es la inversión permanente y en un plazo máximo de seis meses, de un mínimo de 600.000 € en Andorra, en alguno de los activos siguientes:
– Propiedades inmobiliarias situadas en el país.
– Participaciones en sociedades en el Principado, ya sea en participaciones en el capital social o bien en fondos propios.
– Productos de deuda o financieros emitidos por entidades residentes en el país.
– Productos de deuda que hayan sido emitidos por cualquiera de las administraciones públicas de Andorra.
– Depósitos no remunerados en el AFA (Autoritat Financera Andorrana, anteriormente conocida como INAF). Como mínimo, es imprescindible que de los 600.000€ de inversión requeridos, el titular de una residencia sin actividad lucrativa constituya un depósito de 47.500 € en el AFA y 9.500 € por cada una de las personas a su cargo que también obtengan la condición de residente sin actividad lucrativa. Estos depósitos se restituyen al titular en caso de anulación o no renovación de la residencia en el Principado.

Es necesario que el demandante de la residencia fiscal demuestre unos ingresos anuales que representen el 300 % el salario mínimo anual vigente (actualmente 1.286,13 €/mensuales). Se debe añadir el 100 % de este indicador para cada una de las personas que tenga a cargo.

Además de la residencia sin actividad lucrativa, Andorra ofrece otros tipos de residencias fiscales: las residencias profesionales con proyección internacional, las residencias por motivos de interés científico, cultural y deportivo o bien la residencia por ingreso en centros geriátricos o centros de curas médico-terapéuticos (ambos de carácter privado).

En Advantia Assessors, somos especialistas en la gestión de trámites para la obtención de residencias fiscales en Andorra. Tras analizar la situación de cada persona de forma individualizada, vemos cuál es la mejor opción para conseguir la residencia pasiva en Andorra y realizamos las diligencias necesarias para hacerla efectiva. ¡Consúltanos sin compromiso!