Calendario fiscal Andorra 2020

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Fiscalidad en Andorra

FISCALIDAD EN ANDORRA

¿Quieres saber cómo puedes disfrutar de la fiscalidad en Andorra sin depender de ser persona física o una empresa? Entonces, no busques más, porque te enseñaremos cómo es la fiscalidad…

A continuación, detalle de los principales momentos del calendario del contribuyente en Andorra para el primer trimestre de 2020, así como los formularios a presentar en cada caso si es necesario.

 ENERO 2020

Formulación cuentas anuales

Comienza el período para formular y firmar las cuentas anuales de los ejercicios terminados el 31 de diciembre de 2019. El periodo de presentación finaliza el 30 de junio.

Impuesto renta de las personas físicas (IRPF)

Comienza el periodo para presentar el informe de auditoría externa por entidades financieras o aseguradoras establecidas en Andorra sobre las retenciones e ingresos a cuenta de las rentas del capital mobiliario sujetos a IRPF. El período de presentación finaliza el 30 de junio. (Formulario 344).

Periodo para comunicar al Departamento de Tributos y de Fronteras los auditores externos. Entrega hasta el 31 de enero. (Formulario 343).

Período de liquidación y pago de las retenciones e ingresos a cuenta de rentas del trabajo no sujetos a la CASS y de rentas del capital mobiliario del 4º trimestre del año anterior. El período de presentación finaliza el 30 de junio. (Formularios 310 y 340).

Resumen anual retenciones e ingresos a cuenta rentas del capital mobiliario, rentas del ahorro con mínimo exento y rentas del trabajo no sometidas a la CASS. El período de presentación finaliza el 30 de junio. (Formulario 311 / 311A, Formulario 341 / 341A, Formulario 342 / 342a).

Rentas de actividades económicas (IRPF)

Comienza el periodo para sol • licitar el régimen de determinación objetiva del ejercicio siguiente (formulario 001-F, que se alarga hasta el 31 de diciembre de 2020).

Impuesto renta para no residentes (IRNR)

Período de liquidación y pago del IRNR del 4º trimestre del año anterior por los obligados tributarios no residentes sin establecimiento permanente. (Formulario 700).

Período de liquidación y pago de las retenciones e ingresos a cuenta efectuados por responsables fiscales durante el 4º trimestre del año anterior. Entrega hasta el 31 de enero. (Formulario 710).

Certificación de las retenciones e ingresos a cuenta efectuados a los proveedores extranjeros. (Formulario 790).

Impuesto General Indirecto (IGI)

Comienza el periodo para sol • licitar el régimen especial simplificado del ejercicio siguiente, hasta el 31 de diciembre de 2020. (Formulario 001-K)

Inicio también del período para ser considerados empresarios o profesionales del ejercicio siguiente, hasta el 31 de diciembre de 2020. (Formulario 001-J)

Durante todo enero, período de liquidación del IGI por los obligados tributarios con una cifra anual de negocio (Formulario 900):

<250.000 euros (liquidación semestral)

250.000 euros a <3.600.000 euros (liquidación trimestral).

3.600.000 euros (liquidación mensual).

En caso de inicio de actividad, durante el mes de enero habrá que hacer la liquidación de IGI del 4º trimestre del año anterior.

También durante todo el mes de enero:

  • Período de liquidación del IGI del 2º semestre del año anterior por los obligados tributarios que hayan optado por el régimen especial simplificado. (Formulario 910)
  • Régimen especial del sector financiero: período de declaración de regularización del año anterior. (Formulario 940)

ISI Seguros

Comienza el periodo de declaración-liquidación tributaria anual del impuesto indirecto sobre la prestación de servicios de seguro, hasta el 31 de marzo de 2020. (Formulario 230)

Impuesto sobre actividades de juego de azar

Durante todo el mes de enero 2020, autoliquidación del ejercicio anterior para licencias 1 año. (Formulario 255 / 255A)

Encamp – Impuesto sobre los rendimientos arrendatarios

Inicio del periodo voluntario de pago del impuesto sobre los rendimientos arrendatarios del año anterior. El período de presentación finaliza el 30 de marzo.

FEBRERO 2020

Impuesto General Indirecto (IGI)

Periodo de liquidación del IGI (mensual) para los obligados tributarios con una cifra anual de negocio a partir de 3.600.000 euros. (Formulario 900).

Encamp – Impuesto sobre la propiedad

Primera facturación del impuesto sobre la propiedad inmobiliaria edificada.

Ordino – Impuesto sobre los rendimientos arrendatarios

El 4 de febrero se inicia el periodo voluntario de pago del impuesto sobre los rendimientos arrendatarios del año anterior, hasta el 4 de abril.

Canillo – Impuesto de radicación de actividades

El 21 de febrero comienza el periodo voluntario del pago del impuesto de radicación de actividades comerciales, empresariales y profesionales, que se alarga hasta el 21 de marzo.

Escaldes-Engordany – Impuesto de radicación de actividades

El 27 de febrero comienza el periodo voluntario de pago del 50% del impuesto de radicación de actividades comerciales, empresariales y profesionales, que se extiende hasta un mes después del día siguiente de la publicación en el BOPA del aviso correspondiente.

MARZO 2020

Impuesto General Indirecto (IGI)

Periodo de liquidación del IGI (mensual) para los obligados tributarios con una cifra anual de negocio a partir de 3.600.000 euros. (Formulario 900).

Canillo – Impuesto de radicación de actividades

21 de marzo, final del periodo voluntario del pago del impuesto de radicación de actividades comerciales, empresariales y profesionales.

Encamp – Impuesto sobre los rendimientos arrendatarios

El 30 de marzo termina el periodo voluntario de pago del impuesto sobre los rendimientos arrendatarios del año anterior.

ISI Seguros

Durante todo el mes, periodo voluntario de liquidación y pago a cuenta del impuesto indirecto sobre la prestación de servicios de seguro del 1er trimestre del año en curso. (Formulario 210).

El 31 de marzo termina el periodo de declaración-liquidación tributaria anual del impuesto indirecto sobre la prestación de servicios de seguro. (Formulario 230).

A Advantia Asesores realizamos todas las gestiones necesarias para el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales y tributarias (tanto de empresas como de personas físicas) ante la Administración pública andorrana.

¡No dude en consultarnos!